Como ya hemos dejado constancia en otros artículos, estamos viviendo una época de incertidumbre en el Derecho de Familia.
Han sido diversos los Juzgados de Familia y Primera Instancia que se han pronunciado sobre el régimen de visitas en esta situación excepcional de confinamiento por la crisis sanitaria provocada por el coronavirus (Covid-19). Sin embargo, no hay un criterio unánime sobre si se deben suspender o no la visitas, sumándose a este desatino el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía y hasta el propio Ministerio de Justicia.
Aun así, se defienda que se continúe con el régimen de visitas o que se suspenda, la realidad es que si hay conflicto la decisión final será del Juzgado que corresponda y, no olvidemos, que ese Juzgado aplicará los criterios que haya acordado, que no dejan de ser una advertencia del contenido de la mayoría de sus futuras resoluciones sobre el tema de los regímenes de visitas.
Es por esto, que considerando importante la postura de cada uno de los Juzgados, os dejamos los criterios que se han ido dictando hasta el momento y que iremos actualizando.
Clica en tu provincia o localidad para ver el acuerdo adoptado.
Andalucía
Aragón
Ampliación criterio Juzgados Zaragoza
Asturias Cantabria Castilla la Mancha Castilla y LeónJuzgados Salamanca (nuevos criterios abril 2020)
Juzgados Salamanca (anteriores criterios)
CataluñaJuzgados Barcelona (anterior criterio)
Juzgados de Barcelona, modificación criterios 24.03.2020
GaliciaJuzgados Ourense Juzgados Vigo
Islas Baleares La Rioja Madrid Melilla Murcia Navarra País Vasco Valencia
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